Miércoles, 04 de febrero de
2015
El arzobispo de
Sevilla, mons. Juan José Asenjo, ha firmado un decreto en el que se
detallan los criterios por los que se regularán en adelante las salidas
procesionales extraordinarias en la Archidiócesis de Sevilla.
De acuerdo con el
mencionado decreto, que entrará en vigor el cinco de febrero, sólo se dará
curso a las solicitudes de salidas procesionales extraordinarias “con ocasión
de la coronación canónica de la imagen titular de la hermandad, así como en el
XXV aniversario -y los múltiplos de veinticinco- de la coronación de dicha
imagen o de la erección canónica de la hermandad”. Además, “cuando, previa
valoración positiva del Consejo Episcopal, se celebren actos singulares de
especial relevancia eclesial y de gran interés pastoral”.
Este decreto surge ante la
necesidad de fijar “sin más demora unos criterios claros sobre dichas salidas
extraordinarias”. Unas salidas que se han multiplicado, en los últimos años y
que “no están expresamente establecidas en las Reglas correspondientes”.
En el decreto se detalla el
proceso a seguir para solicitar la salida extraordinaria, siempre que case con
los supuestos mencionados y se cumplan los trámites que determinen “las Reglas
y el derecho particular diocesano”: “se presentará la solicitud ante el
delegado diocesano de Hermandades y Cofradías, quien indicará los requisitos
canónicos y pastorales, así como el programa de acción caritativa y social a seguir.
Una vez completado el expediente al efecto, le dará traslado al delegado
episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, que
concederá la preceptiva autorización, si nada obsta en contrario”.
Antes de promulgarse el decreto, el prelado ha
realizado consultas al Consejo Episcopal, el delegado diocesano de Hermandades
y Cofradías y el delegado episcopal para Asuntos Jurídicos de las Hermandades y
Cofradías.