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jueves, 5 de febrero de 2015

Decreto sobre las Salidas Procesionales Extraordinarias

Las Hermandades y Cofradías desarrollan por derecho propio las actividades y culto público que determinan expresamente sus Reglas. No obstante, en los últimos años, por diversos motivos, se han multiplicado las salidas procesionales de carácter extraordinario, dado que no están expresamente establecidas en las Reglas correspondientes.
Por ello, oído el Consejo Episcopal, el Delegado Diocesano de Hermandades y Cofradías y el Delegado Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, considerando conveniente que se fijen sin más demora unos criterios claros sobre dichas salidas extraordinarias, vengo en decidir y decido por el presente DECRETO que sólo se dará curso a las solicitudes de salidas procesionales extraordinarias:
1. Con ocasión de la coronación canónica de la imagen titular de la Hermandad, así como en el XXV Aniversario -y los múltiplos de veinticinco- de la coronación de dicha imagen o de la erección canónica de la Hermandad.
2. Cuando, previa valoración positiva del Consejo Episcopal, se celebren actos singulares de especial relevancia eclesial y de gran interés pastoral.
En los supuestos mencionados, cumplidos los trámites que determinen las Reglas y el derecho particular diocesano, se presentará la solicitud ante el Delegado Diocesano de Hermandades y Cofradías, quien indicará los requisitos canónicos y pastorales, así como el programa de acción caritativa y social a seguir.
Una vez completado el expediente al efecto, le dará traslado al Delegado Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, que concederá la preceptiva autorización, si nada obsta en contrario.
Este Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en Boletín Oficial de la Archidiócesis de Sevilla.
Dado en Sevilla, firmado de nuestra propia mano, sellado y refrendado por nuestro infrascrito Secretario General y Canciller, a veintiocho de enero de dos mil quince.
+ Juan José Asenjo Pelegrina
Arzobispo de Sevilla
Doy fe,
Isacio Siguero Muñoz
Secretario General y Canciller
Prot. N. 277/15